Los abogados de Lamb & Turner PLLC ofrecen sus servicios legales en la gran mayoría de áreas de inmigración familiar. Ya sea que esté buscando obtener su residencia permanente, renovar su tarjeta de residencia o ajustar su estatus para eliminar las condiciones de su residencia. Nuestro equipo puede ayudarlo.
En Lamb & Turner PLLC tratamos a nuestros clientes como socios: trabajamos juntos para escoger la mejor estrategia legal que nos permita asegurarle una resolución favorable en sus asuntos de inmigración.
Una tarjeta de residente permanente o “tarjeta verde” es el documento oficial que certifica que usted es un residente permanente de los Estados Unidos. La residencia permanente le permite vivir y trabajar indefinidamente en los Estados Unidos. Si usted obtiene la tarjeta verde, posiblemente será válida por 10 años con la opción a ser renovada al final de ese periodo si cumple con los requisitos.
Existen diferentes maneras de obtener una tarjeta verde. Cada método es afectado por diferentes factores y complicaciones, por lo cual es importante que usted sea asesorado por nuestros abogados, así podremos ayudarle a elegir cuál es el proceso que se adapta mejor a sus necesidades.
Dependiendo de su elegibilidad, podría obtener una tarjeta verde en las siguientes categorías:
El gobierno clasifica a los miembros de familia como parientes inmediatos o parientes preferenciales. Los parientes inmediatos son el cónyuge del ciudadano americano, hijos no casados menores de 21 y padres de un ciudadano mayor de 21. Las visas de pariente inmediato no son controladas por cuotas anuales y están disponibles inmediatamente.
La ley actual también ofrece visas para parientes “no inmediatos”. Estos tipos de visa son para parientes específicos de ciudadanos y residentes permanentes americanos. Es importante notar que existen varios impedimentos en el proceso de este tipo de visas, su disponibilidad puede tomar muchos años.
Para decidir qué tipo de visa es la mejor opción para usted y su familia, contacte nuestra oficina hoy y programe su consulta!
Esta petición establece que existe una relación familiar entre el ciudadano o residente permanente americano y la persona que está aplicando para obtener residencia permanente.
Presentar la petición I-130 a la oficina de USCIS es el primer paso en el proceso de inmigración familiar. Si usted está aplicando a una visa de matrimonio, la petición I-130 es presentada para corroborar que su matrimonio es legal y válido en el lugar donde la ceremonia tuvo lugar. En esta fase del proceso usted tendrá que proveer documentos que corroboren que su matrimonio es “auténtico”, como estados de cuenta bancarios conjuntos, documentos de seguros conjuntos y fotos de ambos aplicantes.
¿Qué sucede si mi familiar ya se encuentra en los Estados Unidos?
En el caso que su familiar ya se encuentre en los Estados Unidos, usted deberá aplicar a la residencia permanente a través del proceso de ajuste de estado (también conocido como aplicación para tarjeta verde). Este proceso le puede permitir obtener una tarjeta verde sin la necesidad de regresar a su país.
Hay dos grandes preguntas que deberá responder antes de aplicar al ajuste de estatus:
Es importante notar que los únicos que pueden aplicar al ajuste de estatus migratorio son las personas que son “familiares inmediatos” (cónyuges, padres, o hijos de ciudadanos americanos menores de 21 años) o familiares cuyas visas, en las categorías familiares o de empleo, están disponibles.
Finalmente, ciertas normas son aplicadas a los inmigrantes que entraron sin permiso y los que pueden requerir un perdón.
Si usted o su familiar tienen preguntas acerca del proceso de aplicación para ajuste de estatus o proceso consular ¡Contáctenos hoy!
Actualmente, las tarjetas verdes expiran después de diez años. Si usted no renueva su tarjeta antes de la fecha de expiración, o le es robada o perdida, usted podría enfrentar complicaciones legales dado que no puede demostrar que le está permitido vivir y trabajar legalmente en los Estados Unidos.
Si su tarjeta verde ya ha vencido, o ha tenido complicaciones después de su última renovación le recomendamos que consulte con uno de nuestros abogados antes de presentar su aplicación para renovarla. ¡Contáctenos hoy!
La petición I-751 es utilizada para remover las condiciones en su tarjeta verde. Si usted estuvo casado con un ciudadano americano por menos de 2 años el día que usted recibió su tarjeta verde, entonces la tarjeta que usted recibió es condicional. Para que usted pueda obtener su tarjeta verde permanente tiene que remover las condiciones en ella.
El solicitante debe llenar el formulario I-751 (petición para remover condiciones en la residencia) 90 días o menos antes de la fecha de vencimiento de su residencia condicional. Una vez que la aplicación es recibida, la residencia permanente es extendida en incrementos de 1 año hasta que la petición de remover condiciones sea procesada.
Como un residente permanente condicional usted tiene los mismos derechos y responsabilidades que un residente permanente sin condiciones. La “condicionalidad” se refiere a que después de los primeros dos años de tener la tarjeta verde condicional, usted está requerido a llenar la aplicación de remoción de condiciones en su residencia para poder tener una tarjeta verde permanente.
¿Por qué la oficina de inmigración emite tarjetas verdes de dos años?
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos sospecha que los nuevos matrimonios son solo utilizados para ajustar el estado legal y obtener residencia permanente. Por ello utilizan el proceso de tarjetas verdes condicionales para corroborar que los matrimonios siguen siendo legítimos aun después de dos años.
Ciertas veces, los matrimonios simplemente no funcionan. En esos casos, es importante entender las circunstancias que causaron la separación o divorcio. Si usted se divorcio de su cónyuge antes de la fecha de expiración de su tarjeta verde provisional pero desea continuar viviendo en los Estados Unidos, usted deberá presentar la aplicación I-751. Esta aplicación deberá ser acompañada por un “perdón” que lo exime de presentar la aplicación conjuntamente con su cónyuge.
Estos perdones están basados en:
Si tiene alguna pregunta acerca de la remoción de condiciones en su tarjeta verde provisional, o sobre la evidencia que tiene que presentar en conjunto con su aplicación, programe una consulta con uno de nuestros abogados. ¡Contáctenos hoy!
Si el posible inmigrante se encuentra fuera de los Estados Unidos, tendrá que pasar por proceso de obtención de visa de inmigrante llamado “procesamiento consular”.
Para poder obtener la visa de inmigrante a través de un consulado americano fuera de los Estados Unidos, un número de visa deberá estar disponible y el aplicante tendrá que presentar una aplicación previamente aprobada (ya sea una aplicacion I-130 “petición para un familiar alien” o I-140 “petición para un trabajador alien”).
Después que la aplicación de inmigrante haya sido aprobada por USCIS, la petición será mandada al Centro Nacional de Visas del Departamento de Estado (NVC). Luego NVC se comunicará con el consulado americano en el país de origen del inmigrante para poder procesar la visa de inmigrante. Una vez que la visa ha sido otorgada, el inmigrante podrá entrar a los Estados Unidos como residente permanente.
La visa K-1 de prometido es una visa de matrimonio de no inmigrante diseñada especialmente para el prometido extranjero de un ciudadano americano. Le permite al prometido/a venir a los Estados Unidos con la intención de casarse con el ciudadano americano que está presentando la petición de su visa.
La visa K-1 le permite al prometido extranjero viajar a los Estados Unidos y casarse con su sponsor en los primeros 90 días después de su llegada. El ciudadano extranjero podrá aplicar a un ajuste de estatus para obtener residencia permanente después de su matrimonio. Dado que la visa K-1 le permite al beneficiario inmigrar a los Estados Unidos y casarse con un ciudadano americano después de su llegada, el beneficiario debe cumplir con ciertos requisitos de la visa de inmigrante. Los hijos de un aplicante de visa K-1, si son elegibles, pueden obtener una visa K-2.
Si desea obtener más información acerca del proceso de petición a un familiar o empleado nacido en el extranjero, por favor no dude en contactar con nuestra oficina hoy.
Los perdones son aplicaciones requeridas por los Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos para las personas que son consideradas inadmisibles o deportables.
Individuos que son “inadmisibles” no están permitidos -por ley- de entrar o permanecer en los Estados Unidos. Existe una gran variedad de ofensas que pueden causar a un individuo ser inadmisible, como violaciones a la ley migratoria, motivos penales, motivos relacionados con la salud, motivos económicos, fraude o tergiversación intencionada, motivos morales, falso reclamo de ciudadanía estadounidense y motivos de seguridad.
Se considera deportable a los individuos que han sido admitidos en los Estados Unidos pero pueden ser removidos basados en ciertos motivados enlistados en las leyes migratorias de los Estados Unidos. Esto incluye a todos los extranjeros que están presentes ilegalmente en los Estados Unidos, sin diferenciar a los extranjeros que ingresaron al país por medio de fraude o tergiversación, de los que ingresaron legalmente pero posteriormente perdieron su estatus legal.
La ley migratoria actual permite a aplicantes considerados inadmisibles por fraude o suplantación de identidad, aplicar a un perdón. Para calificar a este perdón el aplicante deberá demostrar lo siguiente:
Para casos que no sean VAWA, el solicitante deberá tener un familiar cualificado, este familiar puede ser:
Es importante notar que los hijos que sean ciudadanos americanos o residentes permanentes no son considerados familiares cualificados.
Durante su aplicación de perdón, usted deberá incluir evidencia que demuestre que en ejercicio favorable traerá más beneficios que perjuicios.
Si usted o un familiar ha sido designado como inadmisible o deportable, contacte nuestra oficina para programar una consulta y discutir sus opciones con uno de nuestros abogados. ¡Contáctenos hoy!
En 1996, el congreso aprobó la Reforma de Inmigración Ilegal y la Ley de Responsabilidad del Inmigrante (IIRIRA, por sus siglas en ingles), que impone castigos en las personas que se quedaron en los Estados Unidos ilegalmente después que sus visas expiraron. Dependiendo del tiempo que haya sobrepasado su estadía en su visa, usted puede ser prohibido de regresar a los Estados Unidos por 3 o 10 años.
Si usted se quedó en los Estados Unidos después que su autorización haya vencido por más de 180 días, pero menos de 1 año, se le prohibirá entrar al país por tres años.
Si usted se quedó en los Estados Unidos después que su autorización haya vencido por más de 365 días consecutivos, se le prohibirá entrar al país por diez años.
La nueva regla, que fue publicada el 29 de Julio del 2016 y tomó efecto el 29 de Agosto del 2016, expande los criterios de selección para el perdón y permite que personas que vienen a los estados unidos a través del sistema migratorio basado en empleo, la lotería de visas, sistema migratorio basado en familia, o otra clasificación de inmigrante, puedan aplicar al perdón siempre y cuando puedan demostrar que su ausencia en los Estados Unidos causaría “dificultad extrema” a su padre o cónyuge ciudadano americano o residente permanente.
Si el peticionario es el cónyuge o hijo de un ciudadano americano o residente permanente, puede aplicar al perdón de “presencia ilegal”. Deberá demostrar que el veto de tres o diez años causaría dificultades extremas al padre, madre o cónyuge del peticionario. Las dificultades que el peticionario o sus hijos (aun así sean ciudadanos estadounidenses) enfrentarían no son considerados en el perdón.
El perdón será otorgado si se es demostrado que el cónyuge, padre o madre, ciudadano americano o residente permanente, sufrirá dificultades extremas si su familiar es deportado.
Para poder aplicar al perdón de presencia ilegal, el solicitante deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Si considera que usted o alguien cercano puede ser elegible para un perdón de presencia ilegal, programe una consulta para discutir sus opciones con uno de nuestros abogados ¡Contactenos hoy!